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REPORTAJE APARECIDO
EN EL DIARIO LEVANTE-EL MERCANTIL VALENCIANO, EN 17.10.03
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SENTENCIA HISTÓRICA El Tribunal Supremo acaba de emitir un fallo que supone un duro revés para las actuaciones de deslinde de terrenos realizadas durante los últimos años en aplicación de la Ley de costas. El alto tribunal con |
firma en todos sus extremos el contenido de una sentencia anterior dictada por la Audiencia Nacional que daba la razón a un grupo de particulares afectado por un deslinde que debía efectuarse en el término municipal de Oliva. |
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El Tribunal Supremo anula por primera vez un deslinde ordenado por la Ley de Costas Establece que la Administración “no ha
justificado debidamente que los terrenos sean playa” |
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Sergio Carbó, Valencia El dictamen del Tribunal Supremo establece un precedente que puede poner en entredicho gran parte de las actuaciones que, amparadas bajo la ley de costas de 1988, afectaron a la propiedad de muchos particulares. Y es que, por primera vez en España, el alto tribunal acaba de confirmar una sentencia dictada por la Sección Primera de la Sala de lo contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional en la que se declaraba no ajustado a derecho el deslinde que afectaba a una serie de propiedades privadas ubicadas en un tramo de costa del término municipal de Oliva y que el Ministerio de Obras Públicas y Transportes pretendía llevar a cabo mediante la aplicación de una resolución al respecto aprobada en 1994. El Supremo acaba de confirmar ahora el dictamen de la Audiencia Nacional al fallar en contra del recurso de casación contra la citada sentencia presentado por el Abogado del Estado como representante de la Administración. En consecuencia, el alto tribunal falla, por primera vez desde la aprobación de la Ley d Costas de 1988, a favor de los intereses de un grupo de particulares que presentaron una demanda contra la Administración porque una parte de sus propiedades se veía directamente afectada por el deslinde de terreno que pretendía realizar el Ministerio. Argumentos jurídicosEl caso lo ha llevado el letrado José Ortega, adscrito al Colegio de Abogados de Valencia y la argumentación jurídica que ha utilizado a la hora de defender a los propietarios frente a las pretensiones de la Administración cuestiona los puntos de la ley de costas relativos a los conceptos legales de playa y zona marítimo terrestre. Ambos conceptos, de acuerdo con los razonamientos empleados por el abogado valenciano en la demanda judicial, aparecen reflejados en el texto legislativo de un modo demasiado amplio, demasiado extenso, de tal manera que suelen propiciar actuaciones arbitrarias por parte de la Administración al fijar el trazado de los deslindes. En otras palabras, que lo que queda en entredicho tras estos fallos judiciales es le procedimiento que utiliza la Administración a la hora de determinar dónde empieza y donde acaba el dominio público. |
Señala que no existe ninguna prueba que acredite la existencia de una zona de domino público |
A partir
de esta constatación, el Tribunal Supremo, al ratificar en su sentencia el
fallo de la Audiencia Nacional, señala que “la sala de instancia se ha
limitado a anular el deslinde impugnado porque la Administración no ha
justificado debidamente que los terrenos incluidos en el deslinde |
sean
playa, según la definición del artículo 3 de la ley de costas”. Abundando
aún más en esa misma línea, el alto tribunal sostiene que la sala ya aludida,
“después de un examen riguroso del expediente administrativo y de las
fotografías aportadas por la parte actora, ha llegado a la |
conclusión de que no existe prueba de que se esté
ante una zona de playa”. Tras este fallo del Supremo, a la Administración no le queda más remedio, en el casode la localidad de Oliva, que dejar las cosas
como están o tramitar otro deslinde con un nuevo trazado. |
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(Fotografía de playas de
Calpe) |
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A la espera de nuevas sentencias favorables |
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La Audiencia Nacional ya ha fallado a favor de 3 casos similares: 2 en Asturias y 1 en Alcalá de Xivert. S.C. ValenciaLa primera sentencia contraria a la Ley de Costas y
favorable a un grupo de propietarios de la localidad de Oliva reúne todas as
condiciones para inauguración una
serie que puede llegar a ser muy larga. Tanto es así que le abogado José
Ortega está ahora mismo
a la es |
pera de que el Tribunal Supremo resuelva los recursos de casación presentados por el Abogado del estado contra otras tres sentencias de similares características a las del caso suscitado en Oliva e igualmente favorables a los intereses de los particulares frente a la Administración tras el dictamen de la Audiencia nacional. En concreto, se trata de los casos planteados en Alcalá de Xivert (Castellón) y en dos tramos de la playa de Otur, en Asturias. En el primero de los tres, que el letrado
Ortega ha tramitado en esta ocasión junto a su compañero Jorge Selma, la
Audiencia Nacional , |
y a falta de la ratificación del Supremo, ha declarado nulo un deslinde que afecta a más de 15 kilómetros de plata y que puede tener importante consecuencias par la zona, ya que la decisión final afectará tanto al paseo marítimo de Alcossebre como al plan de ordenación urbanística de la localidad castellonense. Ratificación pendiente Los otros
casos sobre este mismo tipo de contencioso que también está defendiendo el
abogado valenciano afectan a una serie de vecinos de la playa asturiana de
Otur. La demanda que presentaron |
ante la Audiencia Nacional a causa de un deslinde que afectaba de lleno sus propiedades logró paralizar la pérdida de sus viviendas porque el tribunal falló a su favor y por el mismo motivo ya apuntado: la Administración no es capaz de justificar adecuadamente que los terrenos incluidos en el deslinde “sean playa”. El
letrado José Ortega no oculta su satisfacción por el resultado de las
sentencias del Supremo la Audiencia Nacional
y afirma que estos últimos dictámenes demuestran que “es posible reclamar y
sobre todo, que es posible darle la vuelta a la política de costas”. |
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